Home » IT/CONSULTING & GOVERNANCE » Empresas de hidrocarburos deberán determinar pagos de Impuesto a la Renta por contrato

Empresas de hidrocarburos deberán determinar pagos de Impuesto a la Renta por contrato

by jose-del-carmen-zegarra-malatesta-itusersJosé Zegarra
3 minutes read
A+A-
Reset

En Perú se utiliza la estrategia del “ring fence”, segregar los resultados de cada contrato a fin de otorgarles los beneficios y garantías tributarias existentes.

Lima, Perú, 25 de julio del 2016.— La firma de servicios profesionales EY (antes Ernst & Young) explica que las empresas que posean más de un contrato de licencia para la exploración y/o explotación de hidrocarburos, deberán determinar los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta (IR) y tendrían que efectuar un cálculo por cada contrato de impuesto a la renta, según lo establece el informe No. 083-2016-SUNAT/5D0000 publicado recientemente por la SUNAT.

Es sumamente importante resaltar la significancia de este nuevo informe dado que existen algunas empresas que no han estado siguiendo dicha modalidad y han estado determinando un pago a cuenta global y no por contrato. Además, es importante recalcar la relación que presenta este nuevo informe con el artículo 48 de la Ley Orgánica de Hidrocarburos (LOH) y el Artículo 5 del Reglamento de la Garantía de Estabilidad Tributaria de la LOH.

Según estas normas, se otorga el beneficio de estabilidad tributaria, entre otros, respecto del régimen del IR (y, por ende, el de los pagos a cuenta) a la celebración de cada contrato de licencia, por tal razón, el contratista deberá determinar en forma separada y por cada contrato la base imponible y el monto del tributo”, indicó Beatriz De la Vega, socia de Impuestos y experta en hidrocarburos de EY Perú.

En el Perú, en materia de tributación de hidrocarburos, se ha recogido la figura del “ring fence”. Esta consiste en segregar las actividades de exploración y/o explotación de hidrocarburos y de esa forma las empresas puede tener contratos, como también realizar otras actividades relacionadas, como por ejemplo refinación y comercialización de hidrocarburos. Esto quiere decir, que la estabilidad tributaria, no alcanza a la empresa sino a cada contrato de licencia suscrito por dicha empresa.

El actual régimen para determinar los pagos a cuenta del IR se encuentra vigente actualmente (comparación entre el coeficiente resultante del impuesto calculado y los ingresos netos con el 1.5% de los ingresos netos del mes). Antes, existía un método de porcentaje (2%) y el del coeficiente aplicable según ciertas condiciones.

En este sentido, en la medida que las normas tributarias han ido sufriendo variaciones en el tiempo, será necesario —en primera instancia— determinar la fecha de celebración del contrato de licencia y, luego, verificar el régimen del IR que le corresponda en cada caso. Las empresas deberán tener en cuenta esta situación, de acuerdo a la estabilidad tributaria de cada contrato para determinar los pagos a cuenta del IR.

Esta segregación es relevante, no sólo para determinar el IR del contrato sino los dividendos que podrían generarse en el mismo, a los cuales también les alcanza la estabilidad tributaria (esto es, 0% antes del 2003, 4.1% a partir del 2003 y 6.8% en el 2016).

Acerca de EY

EY es el líder global en servicios de auditoría, impuestos, transacciones y consultoría. La calidad de servicio y conocimientos que aporta ayuda a brindar confianza en los mercados de capitales y en las economías del mundo. Desarrolla líderes excepcionales que trabajan en equipo para cumplir su compromiso con sus stakeholders. Así, juega un rol fundamental en la construcción de un mundo mejor para su gente, sus clientes y sus comunidades.

¿De cuánta utilidad te ha parecido este contenido?

¡Haz clic en una estrella para puntuarlo!

Puntuación media 0 / 5. Recuento de votos: 0

Hasta ahora, ¡no hay votos!. Sé el primero en puntuar este contenido.

Mantente a la vanguardia tecnológica con IT/USERS®

Recibe cada semana un análisis riguroso, tendencias clave y las últimas novedades de la industria directamente en tu bandeja de entrada.

Respetamos tu privacidad. Sin spam, solo contenido de calidad.

Spread the love

You may also like

Leave a Comment

Este sitio utiliza cookies propias y de terceros para mejorar su experiencia, analizar el tráfico y mostrar anuncios personalizados. This website uses first and third-party cookies to improve your experience, analyze traffic, and display personalized ads. Accept Read More

© IT/USERS® Magazine. Todos los derechos reservados. Queda terminantemente prohibida la reproducción, distribución, comunicación pública, transformación, extracción automatizada (data scraping), indexación no autorizada, reutilización mediante sistemas de Inteligencia Artificial (IA) o cualquier otro uso total o parcial de este contenido, sin la autorización previa, expresa y por escrito del representante legal de IT/USERS® Magazine. Las opiniones, análisis, investigaciones, textos, imágenes, archivos y elementos editoriales publicados en este medio se encuentran protegidos por la legislación internacional y la normativa nacional de la República del Perú, bajo el Decreto Legislativo N° 822 (Ley sobre el Derecho de Autor) y el Artículo 2°, Inciso 8 de la Constitución Política del Perú. IT/USERS [ISSN: 1817-4388] es una Marca Registrada ante INDECOPI propiedad de JZM & ASOCIADOS SAC, bajo el Certificado de Registro N° 153814. El uso no autorizado de estos elementos protegidos o de su contenido constituye un delito sancionado civil y penalmente.